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Divorcio Notarial

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  💼 Divorcio Notarial en el Perú: ¿Qué dice la ley? El divorcio notarial es una modalidad legal establecida en el Perú desde el año 2006, mediante el Decreto Legislativo N.º 295 , que modificó la Ley N.º 26662. Este procedimiento permite que los cónyuges puedan disolver su vínculo matrimonial de manera rápida, sencilla y sin intervención judicial , siempre que cumplan ciertos requisitos. ✅ Requisitos principales: Matrimonio civil. Mutuo acuerdo entre los cónyuges. No tener hijos menores de edad ni mayores con discapacidad. No tener bienes sujetos a reparto o que estos ya estén divididos. Que haya transcurrido al menos 2 años de casados Fundamento legal del divorcio notarial 1. Código Notarial del Perú El Código Notarial regula las funciones del notario en procedimientos no contenciosos , como el divorcio por mutuo acuerdo. Artículo 61 del Código Notarial: "El notario está facultado para tramitar procedimientos no contenciosos, tales como separación convenciona...

El Impuesto Predial

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 ¿Qué es el pago del autovalúo en el Perú? El autovalúo es el valor fiscal que una municipalidad asigna a un inmueble , ya sea urbano o rural, con el fin de establecer una base objetiva para la determinación de ciertos impuestos y tributos municipales , siendo el más importante el Impuesto Predial . Este valor es calculado tomando en cuenta diversas características del inmueble, tales como su ubicación, área, tipo de construcción, antigüedad, uso, zonificación, y otros factores técnicos que la municipalidad considera relevantes para reflejar el valor aproximado del bien dentro del contexto local. Es fundamental entender que el autovalúo no necesariamente coincide con el precio comercial o de mercado del inmueble . Esto se debe a que el autovalúo es un valor técnico-administrativo establecido por la municipalidad para efectos tributarios, y no un precio de venta. Por ello, el autovalúo suele ser menor al valor que un comprador podría pagar por una propiedad en una transacción priva...

Separación de bienes

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 🧾 ¿Qué es la separación de bienes? La separación de bienes es un acuerdo legal y patrimonial mediante el cual los esposos deciden, de manera voluntaria y de común acuerdo, que todos los bienes que cada uno posee antes del matrimonio , así como aquellos que puedan adquirir durante la vigencia del vínculo matrimonial , se mantendrán como propiedad exclusiva de cada uno . Es decir, en este régimen no existe una comunidad de bienes , lo que significa que cada cónyuge conserva la titularidad, administración y disposición individual de sus pertenencias , sin compartirlas legalmente con el otro, salvo que ambos decidan hacerlo expresamente. A diferencia del régimen de sociedad de gananciales —en el que los bienes adquiridos durante el matrimonio pertenecen a ambos esposos por igual—, en la separación de bienes no se forma una masa común , ni se generan derechos automáticos sobre los bienes del otro. Cada persona conserva su independencia económica y jurídica respecto al patrimonio, ...

Matrimonio Civil

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MATRIMONIO CIVIL El matrimonio civil es un acto jurídico solemne por medio del cual dos personas deciden unirse de manera legal y voluntaria ante la autoridad competente del Estado, con el objetivo de formar una vida en común basada en el respeto, la ayuda mutua, la solidaridad y la convivencia estable . Esta unión establece un vínculo legal que genera una serie de derechos y obligaciones tanto personales como patrimoniales entre los cónyuges. A diferencia del matrimonio religioso, que responde a creencias particulares, el matrimonio civil es reconocido oficialmente por el Estado y es el único que produce efectos jurídicos plenos en áreas como herencia, seguridad social, patria potestad, régimen económico del matrimonio y otros aspectos legales. Es decir, para que una unión conyugal tenga validez legal en el Perú y sea reconocida por instituciones públicas y privadas , debe celebrarse mediante el matrimonio civil. REQUISITOS  Para cada contrayente (peruano): Copia legali...

Sucesión Intestada

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LA SUCESION INTESTADA  La sucesión intestada  es una clase de sucesión hereditaria que tiene lugar cuando el causante carece de testamento o este es declarado nulo o caduco . En tales casos es menester recurrir de  modo supletorio  a esta forma legal (art. 815, incisos 1, 3 y 4, del CC). Otras veces desempeña  función complementaria o mixta , como cuando el testamento no contiene institución de herederos, no obstante existir hijos del testador, y el testamento solo contiene institución de legatarios (art. 815, incisos 2 y 5, del CC).  REQUISITOS: 1. Fallecimiento del causante Debe acreditarse mediante la partida de defunción expedida por el RENIEC o la municipalidad correspondiente. 2. Ausencia de testamento Se debe acreditar que el fallecido no dejó testamento válido . En la práctica, se suele presentar una declaración jurada o una búsqueda negativa de testamento ante los Registros Públicos (SUNARP). 3. Vínculo con el causante El solicitante debe ser un...